miércoles, 3 de febrero de 2021

COMUNICADO Nº 15/2021

A la Comunidad Educativa:

 Referencia: Dispensas Laborales.

De acuerdo a las numerosas consultas recibidas sobre las dispensas laborales se informa lo siguiente:

  1. Son válidas las dispensas que ya han sido aprobadas por la Dirección de Calidad Laboral y que fueron oportunamente solicitadas.

  2. Las dispensas por razón de edad (60 años o más) se aplica por el solo cumplimiento del requisito, nota de solicitud y copia DNI  


Con respecto a los Grupos de riesgos por razones de salud o embarazo, por resolución se detalla a continuación:


  1. Grupo de Riesgo Resol. 207-2020  Min. Trabajo de la Nación

  • Enfermedades respiratorias crónicas: Enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), Enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderada o severa.

  • Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, Enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.

  • Inmunodeficiencias.

  • Diabéticos, personas con insuficiencias renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes meses.

  1. Grupo de Riesgo (Embarazo) Resol. 207-2020  Min. Trabajo de la Nación

  • Trabajadoras embarazadas

  1. Grupo de Riesgo Resol. 90-2020  Jefatura de Gabinete Pcia Bs As.

  • Todas las personas inmunosuprimidas.

  • Todos los pacientes en tratamientos oncológicos.

  • Personas con obesidad mórbida.

Para solicitar la dispensa deberán adjuntar  documentación médica precisa;   siempre y cuando la afección no sea causal de licencia médica, en dicho caso deberá solicitar la licencia correspondiente.

Como se carga al sistema la dispensa:

Se cargan como una licencia normal solo que en diagnóstico deben colocar de la siguiente manera:

  • GRUPO DE RIESGO-(EMBARAZO) RESOL-207-2020-MINIST.TRABAJO DE LA NACION

  • GRUPO DE RIESGO RESOL-207-2020- MINIST. TRABAJO DE LA NACION

  • GRUPO DE RIESGO RESOL.90-2020 JEFATURA DE GABINETE DE LA PCIA DE BS.AS.

Las dispensas por hijo menor a cargo según lo establecido en la Resolución Nº 3756/20 del Ministerio de jefatura de Gabinete, se comunica que a partir del 18 de diciembre de 2020 han concluido, que a partir de esa fecha las y los trabajadores de la Dirección General de Cultura y Educación, que se encontraban dispensados de realizar sus tareas de manera presencial por esa causa, podrán ser convocados a realizar actividades presenciales.

Otras dispensas laborales:

  1. Residentes en distritos en ASPO y

  2. Trabajadores y trabajadoras que poseen servicios en un establecimiento educativo ubicado en una localidad  distinta a la de su residencia, en los casos que el transporte interurbano utilizado habitualmente para trasladarse hacia la escuela se encuentre interrumpido, siendo ese su medio habitual de transporte. ( se tramitarán ante los equipos directivos  adjuntando la documentación que justifique dicha dispensa y la misma será informada mediante la plataforma SUNA)