Sras/es Directoras/es –
Secretarias/os
Les informamos que como
manifestamos en las reuniones mantenidas con los niveles Incial y Primaria y
las Modalidades Especial y Adultos, y repetiremos en las reuniones que mantendremos
con el nivel secundario y la modalidad superior, las planillas de prestación de
servicios deberán elevarse de la siguiente manera:
a-
Contralores,
en cada fecha según cronograma ya informado:
Aclaraciones:
Al entregar el
contralor mensual deberán presentar 3 juegos indicando en cada caso: para La Plata, para el
Establecimiento, para Consejo Escolar.
Ejemplar para La Plata;
1-
Contralor.
2-
Adicional/es.
3-
Inasistencias mensuales
4-
Inasistencias semanales. Altas. Ceses. Prolongaciones
de suplencias, etc.
5-
Un sobre cerrado, con la documentación que avala la
información volcada.
Ejemplar para el Establecimiento:
Lo que
consideren necesario para el archivo de la institución.
Ejemplar para Consejo Escolar:
1-
Contralor.
2-
Adicional/es.
3-
Inasistencia mensuales.
b-
Planillas de
inasistencias semanales, altas, ceses, prolongaciones de suplencias, etc:
Inasistencias
que estatutariamente generen o pudieren generar la designación de suplente/s.
Se recibirán
los juegos y se devolverán las copias selladas por casilleros una vez
controlada la correcta confección.
c-
Planillas de
inasistencias mensuales:
Inasistencias
que estatutariamente no generen o
pudieren generar la designación de suplente/s.
Cuestiones a considerar:
Pedimos que
presenten los juegos de contralores armados.
Tomar en
cuenta el comunicado recibido del nivel central respecto a los errores más
comunes cometidos en la confección de los contralores.
Las consultas
o reclamos deberán ser viabilizados por personal jerárquico de los
establecimientos con la documentación correspondiente. Por favor no comprometan
al personal enviando consultas informales por mensajes de texto o vía
telefónica.
Con respecto
al adicional que solicitáramos en el que debería volcarse la información de los
docentes que han hecho uso de licencia por artículo 115.b.3 y suplentes designados,
ratificamos que este Consejo Escolar no puede cargar ese artículo de
inasistencia en el sistema y esto impide a la SAD poder cargar altas de suplentes designados
por esta causal. Como informamos esta carga de información solo puede
realizarla el departamento de contralor, particularmente la Jefa de ese sector.
Cualquier duda
ante los temas tratados les solicitamos que realicen la consulta
correspondiente por la vía formal.
Recuerden que
la normativa de aplicación es: Ley 10579 – Decretos Nº 2485/92 y 688/93,
Disposición Nº 619/15, Ley 10430 – Decreto Nº 4161.