lunes, 27 de abril de 2020

COMUNICADO Nº 60/2020

REFERENCIA: PIEDAS

A toda la Comunidad Educativa:

Se REITERA nuevamente el PEDIDO para todos los AUXILIARES que cumplan los requisitos para inscribirse en el "Programa de Incorporación Especial para Docentes y Auxiliares Suplentes PIEDAS", que se haya ABIERTA la 2° INSCRIPCIÓN del 25/04 al 03/05. Clic aquí para la inscripción.

A quienes YA se han INSCRIPTO en la 1° Etapa, NO HACE FALTA VOLVER A INSCRIBIRSE, dado que se ha prorrogado desde el 1° de mayo y hasta el 31 de mayo de 2020 la misma.

Se les recuerda nuevamente acceder al Comunicado N° 58/2020 emanado por nuestro organismo parar interiorizarse con detalles del tema.


CONSEJO ESCOLAR DE ESCOBAR 



COMUNICADO Nº 59/2020

REFERENCIA : IOMA

IOMA REALIZÓ UNA RENOVACIÓN AUTOMÁTICA DE AFILIACIÓN.

Para Provisionales, Suplentes, Auxiliares, Reemplazantes o Mensualizados/as dependiente de la DGCyE, IOMA  realizará una renovación automática de la afiliación.

Los agentes no deberán solicitar su renovación ni en la Escuela ni en la Delegación de IOMA, debido a que la Dirección de Recursos Humanos, validó la continuidad.

Para los agentes que no se encuentran en este grupo de trabajadores por haber cesado en sus servicios, y necesitan continuar con la Obra Social, deberán enviar un mail a la Región San Isidroafiliaciones.regionsanisidro@gmail.com.

CONSEJO ESCOLAR DE ESCOBAR

sábado, 25 de abril de 2020

COMUNICADO Nº 58/2020

A la Comunidad Educativa:


Ref.: Prórroga PIEDAS.


Se encuentra abierta la inscripción  al "Programa de incorporación especial para docentes y auxiliares suplentes" del 25/04 al 03/05.
Se adjunta  Resolución dónde se detallan los pasos y requisitos que se deben cumplir.



 GOBIERNO DE LA PROVINCIA  DE  BUENOS AIRES
2020 - Año del Bicentenario de la Provincia de Buenos Aires

Resolución  firma conjunta

Número: RESOC-2020-901-GDEBA-DGCYE

LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 24 de Abril de 2020

Referencia: EX-2020-6201483-GDEBA-DCADGCYE

VISTO el EX-2020-6201483-GDEBA-DCADGCYE, y

 CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución N° 760/20, de fecha 3 de abril de 2020, de la Dirección General de Cultura y Educación se creó el “Programa de Incorporación Especial de Docentes y Auxiliares Suplentes en el marco de la emergencia sanitaria”, destinado a trabajadores docentes y auxiliares, enmarcados en regímenes de suplencias que, como consecuencia de las medidas adoptadas en virtud de la emergencia sanitaria actual, se encuentran imposibilitados de participar de los actos públicos que en condiciones habituales les permitirían acceder a cargos, disponiéndose que dicho programa estará vigente desde el 1° de  abril  y hasta el 30 de  abril de 2020, pudiendo ser prorrogado.

Que allí se establecieron los requisitos que los trabajadores deben cumplimentar a efectos de acceder al Programa.

Que, asimismo, la referida Resolución dispuso que aquellos docentes que cumplan con los requisitos enunciados y sean aceptados por haberse verificado la consistencia de sus datos y requisitos, según lo estipulado en el artículo 9° de la medida, acceden al programa mediante la designación en 8 módulos semanales de nivel secundario, desde el 1 de abril y hasta el 30 de abril de 2020, plazo que podrá ser prorrogado a criterio de la autoridad competente.

Que por su parte se estableció que los docentes que sean designados para el programa, deberán realizar alguna de las tareas definidas como ininterrumpibles, de acuerdo a la Resolución N° 657/20, prorrogada por la Resolución N° 759/20, ambas de la Dirección General de Cultura y Educación, las que le serán asignadas por la Jefatura de Inspección Distrital.

Que, a su vez, se determinó que la inscripción al programa creado, se efectuará a través de la plataforma digital oficial de la Dirección General de Cultura y Educación (www.abc.gob.ar), en la cual deberán consignarse los datos allí requeridos, pudiendo inscribirse en la misma hasta el día 13 de abril de 2020.


Que, a través de la Resolución N° 761/20 de la Dirección General de Cultura y Educación se autorizó la inscripción al Programa creado a través de  la referida Resolución N° 760/20, a  los trabajadores docentes  que se hayan desempeñado bajo la modalidad de designación a término con módulos o cargos en el  Programa FINES – Provincia de Buenos Aires.

Que, posteriormente, el Poder Ejecutivo Nacional en Acuerdo General de Ministros dictó el Decreto Nº 355/20, a través del cual se prorrogó hasta el 26 de abril de 2020 inclusive, la vigencia del referido Decreto Nº 297/20, extendida por el mencionado Decreto Nº 325/20, con las modificaciones establecidas en el artículo 2º de ese último.

Que, a su vez, mediante el Decreto Nº 255/20 el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires prorrogó la vigencia del Decreto Nº 203/20 hasta el 26 de abril de 2020, con las modificaciones allí previstas.

Que, en tal sentido, a través de dicho Decreto se sustituyó el artículo 3º del  Decreto  Nº  203/20, exceptuando, por conducto de la nueva redacción dispuesta, de lo dispuesto en  el  artículo 1º  del mencionado Decreto Nº 203/20 al personal del Sector Público Provincial convocado  para  garantizar servicios y actividades esenciales y/o no interrumpibles, en los términos de los artículos 3° y 4° del Decreto N° 165/20 y de conformidad con lo previsto por la Resolución Nº 207/20 del Ministerio de Trabajo de la Nación y por la Resolución Nº 90/20 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros provincial.

Que, en consonancia con ello, a través de la Resolución N° 854/20, la Dirección General de Cultura y Educación prorrogó desde el 13 de abril y hasta el 26 de abril de 2020, como medida extraordinaria y excepcional, de conformidad con las recomendaciones  de  las autoridades sanitarias y en  concordancia con la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y la prohibición de circular, dispuestas por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 297/20, prorrogadas por los Decretos N° 325/20 y Nº 355/20, la suspensión del dictado de clases presenciales en los niveles inicial, primario, secundario, institutos de educación superior y todas las modalidades del sistema educativo provincial, que oportunamente fuera establecida por la Resolución Nº 554/20 y prorrogada por la Resolución Nº 759/20, ambas de la Dirección General de Cultura y Educación.

Que, asimismo, a través de  dicha Resolución se prorrogó desde el 13 de abril y hasta el 26 de abril de 2020 la Resolución N° 657/20, prorrogada y modificada por la Resolución Nº 759/20, ambas de la Dirección General de Cultura y Educación, en todos sus términos.

Que, en este contexto, y a partir de la inscripción en el programa implementado  a  través  de las  Resoluciones N° 760/20 y N° 761/20, se ha detectado que los criterios  establecidos  excluían algunos  agentes cuya situación era similar a los que fueron alcanzados originalmente, y que, a los fines de no crear asimetrías reglamentarias, corresponde incorporar.

Que, en este sentido, resulta necesaria la incorporación de docentes con cargos provisionales que  no  tuvieran cargos activos a abril de 2020 como así también a aquellos docentes que teniendo parcialmente un cargo activo en marzo 2020, no tenían continuidad en el mes de abril de 2020.

Que, asimismo, resulta necesario prorrogar desde el 1° de mayo y hasta el 31 de mayo de 2020 la vigencia  de las Resoluciones N° 760/20 y N° 761/20 ambas de la Dirección General de Cultura y Educación.

Que, por su parte, se ha detectado un subuniverso de docentes que se encuentran afectados en forma directa en sus ingresos por la pandemia y que corresponde incorporar al programa en una nueva etapa, y que son aquellos que en abril 2020 no tienen designaciones de 8 módulos de secundaria o designación equivalente   en horas cátedra o módulos de educación superior y que se puede acreditar que han visto reducidos sus ingresos en al menos un quince (15%) por ciento respecto de los tres (3) mejores sueldos del año 2019.

Que la Dirección General de Cultura y Educación cuenta con los recursos presupuestarios para atender la presente medida.


Que la ASESORÍA GENERAL DE GOBIERNO ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 69, inciso e), k) e
y) de la Ley N° 13.688, sus normas complementarias y modificatorias y por los Decretos N° 127/2020, N° 132/2020, N° 203/2020 y N° 255/20.





Por ello,


                      LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN 
RESUELVE:


ARTÍCULO   1º.-  Incorporar  dentro  de   los  supuestos  comprendidos  en     los artículos 3º y 6º de la Resolución Nº 760/2020 y al artículo 2º de Resolución Nº 761/2020, ambas de la Dirección General de Cultura y Educación a los agentes, que habiendo cumplido con el proceso de inscripción al Programa establecido en el artículo 9º de la Resolución N° 760/2020, hayan tenido cargos activos, suplentes o provisionales, en el año 2020, y hayan cesado antes del 31 de marzo de 2020, inclusive.

ARTÍCULO 2º.- Los agentes que cumplan los requisitos establecidos para el “Programa de Incorporación Especial de Docentes y Auxiliares Suplentes en el marco de la emergencia sanitaria” y hayan sido elegibles para el programa nacional denominado Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), una vez notificados que han resultado elegibles podrán optar por participar en el programa de esta Dirección General de remitiendo un correo electrónico a piedas@abc.gob.ar donde solicitan la permanencia en el programa provincial y que se informe al ANSES esta circunstancia para que lo de baja del programa nacional IFE.

En estas circunstancias no serán de aplicación las sanciones previstas en el artículo 11º de la Resolución Nº 760/2020 de la Dirección General de Cultura y Educación.
  
ARTÍCULO 3°.- Prorrogar desde el 1° de mayo y hasta el 31 de mayo de 2020 la vigencia de las Resoluciones N° 760/20 y N° 761/20 ambas de la Dirección General de Cultura y Educación, con las modificaciones e incorporaciones previstas en la presente.

ARTÍCULO 4º.- Incorporar, a partir del 1º de mayo de 2020, al “Programa de Incorporación Especial de Docentes y Auxiliares Suplentes en el marco de la emergencia sanitaria” a los docentes que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar designados como titulares, provisionales o suplentes en el mes de abril de 2020 con menos de 8 módulos de secundaria o designación equivalente en horas cátedra o módulos de educación superior;
  •  Haber trabajado al menos durante tres (3) meses en el año 2019;
  • Haber percibido en marzo 2020 una  remuneración bruta al  menos un quince (15%) por ciento menor al promedio de los tres (3) mejores meses del año 2019. A tal fin se calculará la serie de remuneraciones brutas del año 2019 actualizadas a marzo del año 2020, aplicando a cada período mensual el índice de la política salarial del personal de la Ley 10.579. Para el cálculo de las remuneraciones, no se tomarán en consideración los siguientes conceptos: sueldo anual complementario, material didáctico, fondo de incentivo docente, asignaciones familiares, ni la liquidación de conceptos retroactivos o devoluciones;
  • No tener en marzo de 2020 una remuneración superior a la establecida para el el salario testigo de docente de grado de educación primaria con 10 años de antigüedad (jornada simple);
  • No poseer cargos activos en escalafones distintos al escalafón docente Ley 10.579 en el empleo público provincial o designaciones en el sector público municipal o nacional;
  • No encontrarse en relación de dependencia con empleadores privados;
  • No tener beneficios jubilatorios de las diferentes cajas previsionales municipales, provinciales o nacionales.

 ARTÍCULO 5°.- Disponer que aquellos docentes que cumplan con los requisitos  enunciados  en  el  Artículo 4° y sean aceptados por haberse verificado la consistencia de sus datos y requisitos, según lo estipulado en el Artículo 7° de la presente, acceden al programa mediante la designación en la cantidad de módulos que resulta de la diferencia entre los módulos de sus designaciones actuales y el máximo de 8 módulos semanales de nivel secundario previsto en el programa.

 ARTÍCULO 6°.- Disponer que los docentes que sean designados para el programa según lo estipulado en  los artículos 4° y 5° de la presente Resolución, deberán realizar alguna de las tareas definidas como ininterrumpibles, de acuerdo a la Resolución N° 657/20, prorrogada por la Resolución N° 854/20, ambas de la Dirección General de Cultura y Educación, las que le serán asignadas por la Jefatura de Inspección Distrital.

 ARTÍCULO 7°.- Disponer que la inscripción al programa creado a través de la Resolución N° 760/20 se efectuará a través de la plataforma digital oficial de la Dirección General de Cultura y Educación (www.abc.gob.ar), en la cual deberán consignarse los datos allí requeridos, de acuerdo con los lineamientos y requisitos descriptos precedentemente.

La inscripción podrá realizarse hasta el día 3 de mayo de 2020. Los datos ingresados serán validados en las bases de información de la Dirección General de Cultura y Educación y se notificará su aceptación a su cuenta de correo oficial ABC en caso que estén cumplidos los requisitos establecidos, como así también el distrito donde prestarán servicios.

 ARTÍCULO 8°.- El trabajador que haya incorporado documentación falsa o incumpla los requisitos del programa será pasible de las sanciones disciplinarias previstas en  los respectivos estatutos, sin perjuicio de  la denuncia que corresponda.

 ARTICULO  9º.-     La Dirección Provincial de Gestión de Recursos Humanos podrá disponer la prolongación de oficio de las suplencias establecidas en la Ley 10.430 y 10.579, sin  perjuicio  de las  acciones administrativas que puedan corresponder con posterioridad, para clarificar la situación de revista y las omisiones administrativas en las que hubieran incurridos los agentes y contralores. 
Lo referido en el párrafo anterior tendrá vigencia durante el plazo del aislamiento social preventivo y obligatorio, como así también del dispuesto en la Resolución Nº 554/2020 de la Dirección General  de Cultura y Educación y sus prórrogas, a los fines de evitar que la mora en la remisión de la información  genere la discontinuidad en la percepción de los haberes, afectando la situación de los suplentes.


ARTICULO 10°.- Los gastos que demande el presente  programa serán  imputados al presupuesto general de la Dirección General de Cultura y Educación en una categoría programática que permita identificar los recursos que le han sido asignados.

 ARTÍCULO 11°.- La presente será refrendada por las Subsecretarías de Administración y Recursos Humanos y de Educación, respectivamente.

 ARTICULO 12°.- Registrar, comunicar a la totalidad de las reparticiones de la Dirección  General de Cultura y Educación.



jueves, 23 de abril de 2020

COMUNICADO Nº 57/2020

A la Comunidad Educativa:


Ref.: Licencias Médicas.


COMUNICADO SOLICITUDES DE LICENCIAS – Contingencia CORONAVIRUS-COVID19  y SOLICUTUDES DE LICENCIAS ORDINARIAS


Se les informa a todos los agentes de la Dirección General de Cultura y Educación que a partir del día 13 de Abril de 2020, según Comunicado IF – 2020 – 06236602 Punto 4, quedaron suspendidas las solicitudes de autorización de licencia por Coronavirus COVID-19 por factores de riesgo y menor a cargo. Solo deberán ingresar solicitudes por Coronavirus COVID-19 en las siguientes instancias: Caso CONFIRMADO o SOSPECHOSO en Aislamiento, adjuntando la denuncia por las vías formales y certificado expedido por Médico Infectólogo.
Recordamos a su vez, que según lo estipulado en los Artículo 1° y 2° del DECRE -2020-203-GDEBA-GPBA, los agentes de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION prestaron servicio bajo la figura de “trabajo domiciliario” por el presente mes, quedando suspendido el deber de asistencia al lugar de trabajo, por lo que NO era necesario el ingreso de Licencias por Factor o Grupo de Riesgo Coronavirus COVID-19.
Las licencias que hayan sido ingresadas a partir del día 13 de abril 2020 y que no correspondan a los criterios médicos correspondientes a la Emergencia Sanitaria COVID-19, como tampoco a un cuadro clínico que supongan licencias médicas, serán auditadas a cero días.
Los agentes que soliciten licencias ordinarias o cambio de funciones  y/o readecuación de tareas será citados por el sistema, pero según lo estipulado en el Artículo 1° del DECNU-2020-297-APN-PTE y con el fin de dar efectivo cumplimiento al “aislamiento social, preventivo y obligatorio”,  aquellos agentes que tengan coordinado por el Sistema de Licencias Médicas alguna AUDITORÍA Y/O JUNTA MÉDICA deberán permanecer en sus hogares y adjuntar la documental médica completa en la solicitud realizada en el Sistema de Gestión de Licencias Médicas para facilitar la auditoría médica administrativa.


miércoles, 22 de abril de 2020

COMUNICADO N° 56/2020

REFERENCIA: PUNTO EFECTIVO

A TODA LA COMUNIDAD

Informamos a todos los agentes que el día de HOY 22/4 Punto Efectivo remitirá nuevamente los mails poniendo a disposición las ODE que NO fueron retiradas de los cajeros y QUE FUERON REMITIDAS EL 7 DE ABRIL.

En tanto, el día de mañana jueves 23/4 Punto Efectivo remitirá los mails poniendo a disposición las ODE de agentes que actualizaron cuenta abc con posterioridad al 13 de abril. 

Por lo tanto, sugerimos a todos los agentes afectados por este inconveniente, revisar a partir de mañana sus correos oficiales abc.gob.ar, casilla de entrada y SPAM.
Recordamos que los códigos enviados para utilizar en el Punto Efectivo tienen vencimiento.

CONSEJO ESCOLAR DE ESCOBAR

lunes, 20 de abril de 2020

COMUNICADO 55/2020

Referencia: PIEDAS (Programa de incorporación especial de docentes y auxiliares suplentes)

Se informa el listado de agentes que han sido designados por el programa PIEDAS y
que deberán presentarse en la sede de la Fiesta de la Flor, sito en Mateo Gelves 168 y Brussi
de Belén de Escobar, el día Martes 21/04 a las 9:30 hs para hacer toma de posesión y designación de
establecimiento de prestación de servicio según lo estipulado en el Articulo 8 de la
Resolución 760/20.


PONS, RAMONA MARGARITA
GUAYTIMA, SILVIA ALEJANDRA
ROTA, ESTELA NOEMI
BREST, LILIANA
GOMEZ, MARIA CONCEPCION
GONZALEZ, MARIA ISABEL
HERRERA, ALICIA INES
AGUIRRE, MARCELO ALEJANDRO
LOTO, MARIANA RAMONA
WEIGEL, ALEJANDRO ERNESTO
SAMBRINO, MIRNA ELISABETH
CHACON, ALEJANDRO
BANEGAS, SONIA CANDIDA
VALLEJOS, DORA BEATRIZ
SILVEIRA, HERNAN DANIEL
RIVERA, ADRIANA LOANA
GALARZA, SILVIA BEATRIZ
BRUNO, MARIANA VANESA
SCIUTO, MARIO ANDRES
MAHONA, MARIA DEL ROSARIO
FARFAN, NATALIA MARIA DE LOS ANGELES
VALLEJOS, ROSA ESTER
SAUCEDO, ROSA ALICIA
PONCE, MARIA BELEN
SCHOLL, MARIA DE LOS MILAGROS
ARBELO, YAMILA DEBORA PAULA
VILLASBOA, ROXANA ELIZABETH
RODRIGUEZ, CECILIA DEL CARMEN
LUNA, XOANA ELISABET
SCHOLL, LUCAS SANTIAGO
PAZ, RUBEN DARIO
SARMIENTO, ANABEL FIORELLA
GONZALEZ, JENNIFER NOELIA
COPES, GALA NAHILI
ETCHEPARE, LEONELA MAGALI
BRUNO, ANDREA CECILIA
SOTO, NANCY BEATRIZ
SERRANO, PAULA ALEXANDRA
GALEANO, MARIA CRISTINA
CASTILLO, EMILCE SAMANTA
SANCHEZ, IRMA DOLORES
GALVAN, CECILIA DAIANA SOLEDAD
ABALLAY, NORMA PATRICIA
RODRIGUEZ, TAMARA ANABEL

HUAMANI RODRIGUEZ, BERTHA ALICIA

CONSEJO ESCOLAR DE ESCOBAR

COMUNICADO 54/2020

REFERENCIA: BANCO PROVINCIA

A toda la comunidad educativa:

Se informa que los agentes mencionados a continuación, podrán pasar por la dependencia de este Consejo Escolar a retirar la tarjeta de débito correspondiente al Banco Provincia los días Martes 21  y Miércoles 22 de abril de 10 a 12 hs, sin excepción. Las tarjetas que no sean retiradas en las fechas mencionadas, serán devueltas a las sucursales del Banco Provincia que correspondan.

Se aclara que el trámite es intransferible por lo que deberán concurrir personalmente y con DNI.

ALONSO, EMIR EZEQUIEL
AVALOS, IRIS MAR A.
BENITEZ, VANINA L.
BERDEJO, EZEQUIEL MARCELO
CARDEZA, MELINA
CURBELO, MARIELA VERÓNICA
DOMINGUEZ, MIGUELA
FARIAS, VICTOR DAMIÁN
FLORES, JULIA
GARCÍA, MARIA FLORENCIA
GAUTO, ALICIA
GODOY, NANCY LORENA
HASSAN, CAROLINA DEL VALLE
MARAGGIA, SUSANA
QUINTANA, GRACIELA
VERA NUÑEZ, SANDRA

CONSEJO ESCOLAR DE ESCOBAR

viernes, 17 de abril de 2020

COMUNICADO N° 53/2020

REFERENCIA: PUNTO EFECTIVO

A TODA LA COMUNIDAD:

Ponemos nuevamente a disposición de los usuarios que percibían los haberes por el medio de pago  “TICKETERA ABIERTA”, el PROCEDIMIENTO OBLIGATORIO PARA LA PERCEPCIÓN DE HABERES del mes de MARZO DE 2020, informado oportunamente por este Consejo Escolar por COMUNICADO Nº 46/2020. Mediante el mismo se solicitaba actualizar los datos y mandar un MAIL desde la cuenta oficial y activa de ABC de cada usuario a covid19ticketera@abc.gob.ar, como paso obligatorio para percibir el sueldo de MARZO 2020. Si bien el plazo informado para enviar el MAIL era hasta el 1º de abril, se siguen recibiendo los mismos.


 Instructivo que explica el envío de un correo electrónico a la casilla covid19ticketera@abc.gob.ar
desde la cuenta oficial ABC de cada agente 

Instructivo que explica paso a paso como solucionar los problemas de usuarios de ABC.  Además explica como finalizar el trámite solicitado para PERCIBIR HABERES DE MARZO 2020 enviando el MAIL a la cuenta antes mencionada con los detalles siguientes

Para: covid19ticketera@abc.gob.ar
Asunto: Finalización trámite registración
Texto: Certifico la carga requerida.

Como segundo paso, y como fue informado por COMUNICADO Nº 50/2020 de este Consejo Escolar, volvemos a dar difusión al  Instructivo "PUNTO EFECTIVO" con los pasos a seguir para poder percibir los haberes del mes de marzo por cajero automático, dado que no podrán asistir al Banco Provincia ya que el mismo solo tiene cronograma de pago para jubilados. Básicamente lo que indica el instructivo es que una vez enviado el correo desde ABC a  covid19ticketera@abc.gob.ar, el sistema manda un MAIL a las cuentas oficiales ABC de los agentes (chequear en RECIBIDOS y en SPAM siempre!!) con la clave numérica de extracción para retirar efectivo desde algún cajero habilitado de PUNTO EFECTIVO sin necesidad de tener tarjeta de débito. Consulte aquí los cajeros habilitados. Recomendamos el acceso a PREGUNTAS FRECUENTES de PUNTO EFECTIVO de la PBA para evacuar dudas al respecto.


Si aún no recibió el instructivo para el cobro por Punto Efectivo, se le vencieron los códigos o tiene alguna otra consulta relacionada con este tema, ingrese con usuario ABC al sistema de reclamo https://frontglpi.abc.gob.ar y solicite la información que necesite para concluir este trámite.

CONSEJO ESCOLAR DE ESCOBAR 

miércoles, 15 de abril de 2020

COMUNICADO N° 52/2020

REFERENCIABANCO PROVINCIA

A toda la COMUNIDAD EDUCATIVA:

El CONSEJO ESCOLAR DE ESCOBAR informa que con motivo del aislamiento social preventivo y obligatorio vigente, y considerando que la atención al público del Banco Provincia se encuentra restringida y acotada a determinadas actividades, el CONSEJO ESCOLAR DE ESCOBAR procederá a realizar la entrega de las tarjetas de débito que quedaron pendientes de entrega en las Sucursales del Banco Provincia de Belén y Garín.

La siguiente es la nómina de agentes informados por Banco Provincia que deberán pasar a retirar las tarjetas por nuestra dependencia (INDEPENDENCIA 450) entre los días JUEVES 16/4 y VIERNES 17/4 de 10 a 12hs.  Se aclara que el trámite es intransferible por lo que deberán concurrir personalmente y con DNI.

ALBA, MARIA NIEVES
ALONSO, EMIR EZEQUIEL
AMIGO EYHERAGAR G.
ARCE, CATERINA BELEN
AVALOS, IRIS MAR A.
BARRERA ALDANA E.
BARRIOS, BRENDA B.
BATISTA, ANDREA DANIELA
BELLEGGI, DANIELA
BENITEZ, VANINA L.
BERDEJO, EZEQUIEL MARCELO
BISCALDI, ANA BELÉN
CABOVIANCO, NATALIA
CAPARA, MONICA
CARDEZA, MELINA
CISARE, JOSE ALBERTO
CORAZZA, MIRTA R.
CRUZ, VANESA NOEMÍ
CURBELO, MARIELA VERÓNICA
CHAMORRO,  MIRTA
DOMINGUEZ, MIGUELA
FARIAS, VICTOR DAMIÁN
FERNANDEZ, TERESITA
FLORES, JULIA
FRANCISQUELLI, CINTIA
GARCÍA, MARIA FLORENCIA
GAUTO, ALICIA
GODOY, NANCY LORENA
GONZALEZ, SILVINA L.
HASSAN, CAROLINA DEL VALLE
HERBAS, NORMA
HERMOSILLA, GABRIELA SOLEDAD
LEGUIZAMON, VANESA GABRIELA
LUNA, DANIELA M.
LUNA, HUGO ADRIAN
LUQUE, CINTHYA AILEN
MANTELLA, MARIA C.
MARAGGIA, SUSANA
MEZA, MARIO DANIEL
NUÑEZ, HECTOR PABLO
PUCHETA, KARINA ANAHÍ
QUINTANA, GRACIELA
RIVERO, MARIELA
REINOSO, CYNTHIA C.
RODRIGUEZ, ADRIANA N.
RODRIGUEZ, ALEJANDRO
SANTILLAN PEREZ, L.
SARRABAYRUSE, GASTÓN EMANUEL
SOSA, DIEGO NICOLAS
SOSA, MICAELA FLORENCIA
VALLEJOS, BENJAMINA
VENTURA, ROCIO
VERA NUÑEZ, SANDRA
ZALLOCCHI, VERONICA


CONSEJO ESCOLAR DE ESCOBAR



jueves, 9 de abril de 2020

COMUNICADO N° 51/2020

REFERENCIA: CONTRALOR ABRIL

Al EQUIPO DIRECTIVO:

Se informa que por comunicación enviada desde la Dirección de Contralor, se solicita adelantar los adicionales del mes de abril (que debían entregarse la semana del 21 de abril) para antes del cierre del sistema y así poder responder a los distintos problemas de cobro del personal docente y auxiliares.

La fecha que éste Consejo Escolar debe elevar dicha información es el 13 de abril vía correo por la mañana, es decir que Ustedes deberán remitir por la misma vía a este Consejo hasta el día 12/4 a las  20 hs. al correo del Consejo: ce116@abc.gob.ar


lunes, 6 de abril de 2020

COMUNICADO Nº 50/2020

Sres/as. Docentes y Auxiliares:
Ref.: Agentes que perciben haberes por ticketera.

Dar amplia difusión al  Instructivo "PUNTO EFECTIVO" con los pasos a seguir para poder percibir los haberes del mes de marzo por cajero automático, dado que no podrán asistir al Banco Provincia ya que el mismo solo tiene cronograma de pago para jubilados.


PAGOS A AGENTES SIN CUENTA BANCARIA
PUNTO EFECTIVO reemplazo de TICKETERA

Considerando el contexto de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto 297/2020 de fecha 19.03.2020 y con el objeto de brindar una alternativa de atención a través de canales no presenciales, se habilita el servicio de “Punto de efectivo” como modalidad de pago en contingencia para organismos de la Administración Pública Provincial que habitualmente utilizan el servicio de pago por caja mediante ticketera. Este nuevo servicio de contingencia permite generar una orden electrónica a favor del beneficiario para que pueda concurrir a un cajero automático de la Red Link habilitado como “Punto de efectivo” (https://www.bancoprovincia.com.ar/BuscadorSucrusales) para extraer una suma de dinero sin la utilización de una tarjeta de débito, utilizando una clave que el banco le informe vía mail. Los agentes pueden concurrir a cualquier sucursal identificada como “Punto de efectivo”, En una primera etapa, Red Link S.A. enviará a los correos electrónicos de los agentes los pasos a seguir para la adhesión y generación de las órdenes de extracción (ODE). Una vez generadas las ODE por Red Link S.A. enviará las claves de 8 dígitos a los beneficiarios por medio de mensaje de correo electrónico o mensaje de texto, para utilizar en un cajero automático identificado como de “Punto de efectivo”. Las características de las ODE: - Importe máximo de $20.000 y múltiplos de $500 por cada ODE. - Tendrán un plazo de vigencia de 7 (siete) días corridos. - Se podrá generar más de una ODE para un mismo beneficiario. - La extracción deberá ser por el importe total de la orden, no pudiendo ser realizada por un importe parcial. - Si el beneficiario que va a realizar la extracción concurre a un cajero automático que no dispone del importe total de la ODE para dispensar, deberá concurrir a otro cajero automático. Hay más de 19.000 agentes de la Dirección General de Cultura y Educación que completaron el proceso de adhesión al cobro por “Punto de Efectivo”, todos ellos recibirán a sus casillas ABC los pasos y claves mencionados anteriormente. Los agentes que no hayan podido completar el proceso de carga de datos para el cobro en el ABC, deberán realizarlo así podrán ser incluidos en las próximas remisiones de información. Amplia difusión

sábado, 4 de abril de 2020

COMUNICADO Nº 49/2020

A la Comunidad Educativa:

Ref.: Programa de incorporación especial de docentes y auxiliares suplentes.

En el marco de la emergencia sanitaria, y debido a que se encuentran suspendidos los Actos Públicos de docentes y auxiliares en toda la Pcia. de Buenos Aires, es que la DGCyE realiza una convocatoria, abriendo el "PROGRAMA DE INCORPORACIÓN ESPECIAL DE DOCENTES Y AUXILIARES SUPLENTES". 
Los interesados deberán ingresar al portal del ABC, donde tendrán los requisitos que deben reunir y el enlace para la inscripción.
Período de inscripción hasta el 13/04/2020.