martes, 1 de agosto de 2023

COMUNICADO Nº 176/23

 REFERENCIA:  ELECCIONES 2023 AUXILIARES DE ESCUELAS SEDES

A LOS EQUIPOS DIRECTIVOS Y PERSONAL AUXILIAR:

Informamos que por la Resolución RESOC-2023-3066-GDEBA-DGCYE se ha dispuesto la creación de un  suplemento no remunerativo y no bonificable de PESOS $12.500 (DOCE MIL QUINIENTOS) para el personal auxiliar de la educación  para dar cumplimiento a las actividades de su competencia luego del cierre de los actos electorales  en la Elección Primaria Abierta Simultánea y Obligatoria del próximo 13 de agosto, las Elecciones Generales del 22 de octubre y eventual Segunda Vuelta  del 19 de noviembre.
Se establece que a cada establecimiento se asignará un suplemento (auxiliar) cada 4 (CUATRO) mesas electorales que funcionen en el mismo. 
Por tanto, a los establecimientos con entre 1 y 4 mesas le corresponderá 1 suplemento, a los establecimientos con entre 5 y 8 mesas le corresponderán 2 suplementos, a los establecimientos con entre 9 y 12 mesas 3 suplementos, a los establecimientos con
entre 13 y 16 mesas 4 suplementos, a los establecimientos con entre 17 y 20 mesas 5 suplementos
y a los establecimientos con más de 20 mesas le corresponderán 6 suplementos.
En la mencionada Resolución y sus correspondientes anexos se detalla el procedimiento para la selección y posterior designación del personal auxiliar y tareas a desarrollar.

Asimismo se informa que como consecuencia del presente acto administrativo los días lunes 14 de agosto, 23 de octubre y 20 de noviembre deberá garantizarse el normal funcionamiento escolar en los establecimientos  educativos de la provincia de Buenos Aires en todos sus turnos.

ANEXO I. Lineamientos sobre las tareas a desarrollar

El personal afectado a la tarea deberá garantizar que el edificio escolar presente las condiciones correctas en
cuanto a limpieza y desinfección, para el normal comienzo de las actividades escolares en el horario habitual
del establecimiento educativo, en el día posterior a cada elección, esto es, el lunes 14 de agosto y el lunes 23
de octubre.
Las tareas implican ordenar, limpiar y desinfectar todos los espacios del edificio escolar que se hayan visto
afectados por la realización de los comicios (aulas, sanitarios, espacios comunes de circulación, etc.),
incluyendo el mobiliario.
Se estima que esta tarea demandará 6 horas por hasta cada 4 mesas electorales que hayan funcionado en el
establecimiento.
Por tanto, las tareas mencionadas deberán realizarse con posterioridad al cierre de los comicios, entre las 18:00 y las 24:00 horas del día de la elección.

ANEXO II. Criterios para la selección del personal auxiliar 

Para la selección de la o las personas que realizarán las tareas de limpieza, se deben contemplar, para cada establecimiento los siguientes criterios de priorización: 

1. Personal auxiliar titular del establecimiento y que vote en el establecimiento según el padrón electoral; 
2. Personal auxiliar temporario mensualizado del establecimiento y que vote en el establecimiento según el padrón electoral; 
3. Personal auxiliar del establecimiento designado bajo la modalidad prevista por el Artículo 13° de la Resolución N° 293/2018 de la DGCyE y que vote en el establecimiento; 
4. Personal auxiliar suplente del establecimiento y que vote en el establecimiento; 
5. Personal auxiliar titular del establecimiento y que no vote en el establecimiento según el padrón electoral; 
6. Personal auxiliar temporario mensualizado del establecimiento y que no vote en el establecimiento según el padrón electoral; 
7. Personal auxiliar del establecimiento designado bajo la modalidad prevista por el Artículo 13° de la Resolución N° 293/2018 de la DGCyE y que no vote en el establecimiento; 
8. Personal auxiliar suplente del establecimiento y que no vote en el establecimiento. En caso de que los postulantes superen a la cantidad que debe designarse, la selección debe contemplar el orden de antigüedad al interior de cada grupo de priorización. 
9. En caso de que no se cubra la cantidad necesaria de personal mediante la convocatoria a las y los auxiliares del establecimiento, el Consejo Escolar podrá designar a personas que cumplan funciones en establecimientos educativos cercanos de dependencia provincial, contemplando en primer lugar a titulares y luego a temporarios mensualizados y, dentro de cada grupo, el orden de antigüedad. 
10. En caso de que no se cubra la cantidad necesaria de personal mediante los criterios precedentes, el Consejo Escolar convocará al personal necesario mediante Acto Público. En ningún caso, podrán ser convocados auxiliares que se encuentren en uso de licencias o tengan tareas livianas. 

En caso de que un o una auxiliar haya realizado las tareas en las elecciones PASO y desista de hacerlo en las elecciones generales, se deberá cubrir dicho rol a partir de los criterios enunciados precedentemente.


AUX ELECCIONES 2023                                                                                   CONSEJO ESCOLAR ESCOBAR