miércoles, 14 de junio de 2023

COMUNICADO Nº 143/23

Ref.: INSTRUCTIVO DE APLICACIÓN EN CASO DE CONTINGENCIA EN LA INSTALACION DE GAS

 A toda la Comunidad Educativa

Se da a conocer el Instructivo de Aplicación en caso de contingencia en instalaciones de gas emitido por la Subsecretaría de Infraestructura Escolar de la Provincia de Buenos Aires.


El siguiente Instructivo tiene como objetivo desarrollar un Protocolo de Acción frente a situaciones de posible identificación de pérdida de gas en artefactos, accesorios y/o tramos de cañerías en la instalación de gas existente en Establecimientos Educativos de Gestión Pública de todos los Niveles y Modalidades. Al respecto, si las Autoridades y/o Personal Docente y No Docente del Establecimiento identifica mediante “olor” una fuga de gas, se deberá: 

1) Proceder al cierre de la llave corte de gas más próxima al gabinete del Medidor de Gas, de accionamiento libre y manual. 

2) Informar inmediatamente al Consejo Escolar del Distrito acerca de la posible identificación del inconveniente quien será el responsable de enviar personal idóneo (Gasista Matriculado) a la brevedad para constatar dicho problema y dar la solución técnica correspondiente. 

3) Identificado el problema, el Consejo Escolar deberá, DE INMEDIATO, llevar a cabo las acciones pertinentes por medio de los recursos de disponibilidad con los que cuenta (Fondo Compensador, Fondos Extraordinarios de Gas, PEED) y, en aquellos casos que lo amerite de acuerdo al tipo de intervención y magnitud de la obra, informar a la Subsecretaría de Infraestructura Escolar dependiente de la DGCyE a través de sus Inspectores Regionales y Distritales. 

En el caso en el que, habiendo informado las Autoridades del Establecimiento Educativo acerca del estado de situación al Consejo Escolar y no tener respuesta fehaciente por parte del mismo, es decir, de no presentarse personal idóneo que constate dicha pérdida/fuga, el Establecimiento Educativo deberá comunicarse con la Empresa Prestataria de Gas quien llevará a cabo las tareas de rutina que garanticen la seguridad de la instalación y de la Comunidad Educativa. Esta acción, en los establecimientos del turno mañana deberá llevarse adelante durante el transcurso de la tarde; posibilitando la intervención del Consejo Escolar. De igual manera, deberán actuar los establecimientos de los turnos tarde y noche; accionando a la mañana inmediata posterior a la detección del suceso.


Consejo Escolar de Escobar